El Consejo de Turismo Sostenible del Destino Rurrenabaque: Madidi-Pampas es el órgano de participación y coordinación de las instituciones públicas, comunitarias y privadas que participan de esta actividad en el Destino, con el fin de orientar y planificar de manera concertada la política del sector para promover el desarrollo de un turismo sostenible y responsable bajo los Criterios Globales de Turismo Sostenible.
La misión del Consejo de Turismo Sostenible del Destino es impulsar el pleno desarrollo del turismo sostenible, contribuyendo mediante esta actividad a la inclusión y cohesión sociales, combatiendo las situaciones de marginación, discriminación social y alteración ambiental que afectan al pleno desarrollo del individuo, el bienestar colectivo y la causa de la paz.
- 14 de noviembre de 2017: se conforma el Consejo de Turismo Sostenible del Destino, al amparo de la Ley 292 de Turismo y en presencia del Viceministro de Turismo. Acta de conformación.
- 18 de julio de 2018: en Plenaria del Consejo de Turismo Sostenible del Destino se aprueba el Reglamento Interno de funcionamiento, que define su composición y funciones.
- 27 de septiembre de 2018: el Consejo de Turismo Sostenible del Destino informa a Biosphere Sostenible Tourism que inicia su proceso de certificación internacional de Turismo Sostenible.
- 24 de octubre de 2019: el Consejo de Turismo Sostenible del Destino recibe la notificación de Biosphere Sostenible Tourism que el destino Rurrenabaque: Madidi-Pampas ha obtenido la certificación de Turismo Sostenible.
- 12 de febrero de 2020: el Consejo de Turismo Sostenible del Destino recibe oficialmente la certificación Biosphere en presencia de la Presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia.
El Consejo de Turismo del Destino Rurrenabaque: Madidi-Pampas está conformado por cinco municipios (Rurrenabaque, Reyes, Santa Rosa, San Buenaventura e Ixiamas), dos áreas protegidas nacionales (PNAMI Madidi y RB- TCO Pilón Lajas), cuatro Territorios Indígenas (San José de Uchupiamonas, Tacana I, Pilón Lajas y Tacana III), junto al sector empresarial de turismo comunitario y privado, apoyados por técnicos especialistas.
El Consejo se constituye como una instancia consultiva de planificación, proposición, concertación, seguimiento y apoyo técnico entre los diferentes niveles del Estado, con la participación de los representantes comunitarios y privados sectoriales del destino, con el fin de concertar acciones tendientes a impulsar el desarrollo sostenible de la actividad turística en el destino Rurrenabaque: Madidi-Pampas.
El Consejo de Turismo Sostenible del Destino se constituyó el 14 de noviembre de 2017 como órgano estable de participación sectorial en el ámbito de las políticas y estrategias sobre turismo en el Destino Rurrenabaque: Madidi-Pampas.
El Consejo de Turismo Sostenible del Destino, para el logro de su misión, tiene como fines principales:
- Generar marcos adecuadas para la coordinación interinstitucional e intersectorial en el Destino Rurrenabaque: Madidi-Pampas que faciliten los procesos requeridos para alcanzar los mejores estándares de turismo sostenible.
- Impulsar proyectos y acciones que promuevan el desarrollo de un turismo sostenible y responsable bajo los Criterios Globales de Turismo Sostenible.
- Promover y apoyar procesos de certificación internacional de turismo sostenible de espacios y emprendimientos en el Destino Rurrenabaque: Madidi-Pampas.
- Promover y contribuir a investigaciones sectoriales conducentes a orientar la actividad hacia el desarrollo del turismo bajo los principios de sostenibilidad.
- Promover acuerdos con otras instancias, nacionales y extranjeras, con los mismos fines y principios propuestos por el turismo sostenible, para impulsar el desarrollo turístico local, nacional y mundial.
- Promover y realizar acciones de sensibilización e información sobre turismo sostenible tendentes a la toma de conciencia por las instancias públicas, emprendedores de turismo y la opinión pública sobre la necesidad de impulsar la sostenibilidad en turismo.
Las determinaciones adoptadas en las Asambleas del Consejo son de obligado cumplimiento para sus miembros institucionales, encargándose el Directorio del Consejo su ejecución y seguimiento.